DECRETA LA IMPROCEDENCIA DE OTORGAR EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado: SERRANO DIAZ JUAN CARLOS, de nacionalidad venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.056.408, por cuanto todos los informes Psicosociales practicados anteriormente, han arrojado fallo desfavorable a la normal evolución del cumplimiento de pena. Conforme a lo previsto en los artículos 56 del Código Penal, 24 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.