Ahora bien, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 103 de la Ley de para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en concordancia con los Artículos 875 y 876 del Código de Procedimiento Civil, dicta en forma oral la presente sentencia, en virtud de que en el presente proceso, las partes han convenido mediante un acto composición procesal, dar fin a la presente controversia, a través de la transacción anterior, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 255, 256 y 257 eiusdem, procede a revisar la actuación de las partes, y en este sentido se evidencia, que la parte actora se encuentra presente y debidamente asistida de abogado, por lo que actúa en nombre propio y por sus propios derechos e intereses; y la parte demandada, presente en este acto, actúa en su propio nombre, derechos e intereses, debidamente asistida de abogado, acepta lo propuesto por la parte actora, encontrando este Tribunal, de lo analizado, que se ha dado cumplimi.....