Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICAS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus MARIA NICOMEDES LOVERA DE GONZALEZ, quien era venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V-6.457.255, al ciudadano NESTOR ALBERTO GONZALEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.843.812, y a sus hijos ERIKA CAROLINA y NESTOR JOSE GONZALEZ LOVERA