Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
• PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA incoada por PEDRO MANUEL ROJAS PERAZA y SANTIAGO MIGUEL ROJAS PERAZA, de nacionalidad Española, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: E-397.242 y E-397.243, respectivamente, contra ERNESTO MARTIN PERAZA y LINO MARTIN PEREZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-10.077.749 y V-12.302.865, respectivamente.
• SEGUNDO: No se produce condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
• TERCERO: Se ordena la notificación de las p.....