DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículo 527, 545 del código civil y 937 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. PRIMERO: DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: GISELA MERCEDES YANEZ DE MONGES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-4.265.636, sobre la bienhechuría construida sobre terreno Municipal teniendo una Superficie de Terreno Municipal de DOSCIENTOS TRES METROS CON SESENTA Y SIETE DECIMETROS (203,67mts2), Con un Área de construcción de Vivienda de CINCUENTA Y OCHO METROS CON OCHENTA DECIMETROS (58,80mts2), y se encuentra alinderada así: NORTE: En 6,10mts, .....