DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Rio Chico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por la ciudadana NORELIS MERCEDES ANATO TENEPE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.247.025, en contra del ciudadano JESUS ANTONIO GOMEZ FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.278.018.
SEGUNDO: LA EXTINCIÓN de la referida solicitud, de conformidad con los motivos señalados con anterioridad y en consonancia con lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del.....