REVOCA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA ¿DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO¿ acordada por auto de fecha 08 de julio de 2003 al ciudadano ALMEIDA PADRINO JOSE LUIS, portador de la cédula de identidad N° 12.415.828, de nacionalidad venezolana, nacido el 19-06-1974, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de oficio Vigilante, residenciado en la Matica Abajo, calle negro primero, casa s/n, Los Teques, Estado Miranda, y ORDENA LA APREHENSIÒN DEL PENADO a los fines de que cumpla su pena recluido en establecimiento penal, de conformidad con la pauta del artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber incumplido, injustificadamente, las obligaciones a las que se comprometió ante el Tribunal.
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese al Fiscal correspondiente del Ministerio Público, la defensa, y la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario ¿Dr. José Alfredo Rodríguez González¿, adscrito a la Coordinación Regional de Tratamiento No institucional del.....