acuerda OTORGAR al imputado CORDOVA MENDOZA DOUGLAS ALEXANDER, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 14.667.793, la Medida de Protección de conformidad con lo establecido en los artículos 87 numerales 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es decir la detención la Prohibición que tiene el agresor que de por sí mismo o por tercera personas, realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mejer agredida o alguno de sus familiares, asimismo, ordena tramitar la presente causa por las pautas del Procedimiento Especial establecido en el artículo 94 de la Ley Especial, por lo que las presentes actuaciones serán remitidas a la Fiscalía Quinta (05) del Ministerio Público, en su oportunidad legal.