Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ÁNGELA CRISAFI de HERNÁNDEZ y JULIO HERNÁNDEZ LEAL, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha dos (2) de octubre de mil novecientos setenta y tres (1973), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta Nº 496, Folio 496 del año 1973.