Primero: CON LUGAR la Inhibición planteada en fecha 28 de julio de 2014, por el Dr. Dr. GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS, en su condición de Juez Titular del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy.
Segundo: Remítanse las actuaciones al Juzgado de origen, quien deberá participar lo conducente al Tribunal donde curse la causa a propósito de la presente Inhibición.
Tercero: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este Despacho, y déjese copia de la presente decisión.