PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda incoada por la ciudadana WILMA LEONAR OSUNA REGALADO, funcionaria pública para que se le ajuste o recalcule la pensión de jubilación de conformidad con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Publica Nacional, de los Estados y de los Municipios.-
SEGUNDO: DECLINA la competencia en los Tribunales Contencioso Administrativo Funcionariales de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cuyo Tribunales se remite la presente causa.