DECRETA SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA todo en conformidad con lo preceptuado en el artículo 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el numeral 1 del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.