...Como quiera que la accionada al convenir en la demanda y ser homologado por el citado Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en los Teques, se encuentra investida del efecto de cosa juzgada y la misma constituye ley entre las partes en los límites de lo acordado y vinculante en todo proceso futuro. Con ello el referido Juzgado de la etapa de mediación con la señalada homologación pasó a la etapa de ejecución, por lo que este Juzgado es competente únicamente en la etapa de cognición, en consideración a lo señalado este Juzgado no tiene materia sobre el cual decidir. Así se establece.-
- IV -
En merito a lo anteriormente señalado este Tribunal ordena remitir el presente expediente al Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que prosiga en la etapa de ejecución en la presente causa.