este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por mandato expreso de Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: Primero:. Considerando el Acta Policial de fecha 12 de enero de 2003, la cual corre inserta al folio 3 del presente expediente, mediante la cual se evidencia el modo, tiempo y lugar de aprehensión del imputado, señalando “… avistamos a un ciudadano que transitaba por el lugar, quien al percatarse de la presencia Policial se torna de manera esquiva, por lo que le dimos la voz de alto, solicitándole su documentación personal para ser verificada por el Sistema de Información Policial (S.I.P.O.L.) indicándonos el mismo que no la poseía y amparados en el artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal Venezolano, mi compañero procedió a realizarle la respectiva inspección de personas, incautándole entre los Dedos de la Mano Der.....