Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad del Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECRETA el ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, signadas con la nomenclatura MJ21-P-1999-0008, correspondiente a este Tribunal de Control, llevada por la Fiscalía 9 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial,, en contra del ciudadano, YANNIS JOSE SOTO GIL , de conformidad con lo establecido en el articulo 314 en su Segundo Aparte del Código Orgánico Procesal Penal y consiguientemente el cese de todas las medidas cautelares que pesan en su contra.-
Regístrese, Diarícese, Notifíquese, ofíciese al alguacilazgo, remítase las presentes actuaciones al Fiscal 9 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines legales consiguientes. CUMPLASE.-
LA JUEZ SEGUNDO.....