IX
DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. CON SEDE EN CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE MANUEL ZAMORA TERÁN, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 6.419.089, en contra de la entidad de trabajo TESLA TECHNOLOGY, C.A. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE MANUEL ZAMORA TERÁN, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 6.419.089, en contra de la entidad de trabajo SOLUCIONES TECNOLÓGICAS Y ELÉCTRICA, C.A (SOLTECA), por lo que se condena a la entidad de trabajo perdidosa a pagar la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLÍVARES CON SETENTA Y SEIS CÉNTI.....