declara:
Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Ramírez Lázaro en contra de la sociedad mercantil denominada: CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO TECNICO C.A ( CONTEC C.A.) y ordena a esta última a cancelarle la cantidad de TRECE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 13.638.660,00) correspondiente antigüedad, vacaciones y utilidades fraccionadas, e indemnización prevista en el ordinal 3° de el artículo 33 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), así como la indemnización por daño moral, en lo que corresponde a la antigüedad condenada a pagar, deberá agregársele los montos correspondientes a los intereses generados por prestaciones sociales, así como los moratorios y la indexación correspondiente los cuales serán determinados en base a los parámetros establecidos en la parte motiva del texto integro de la sentencia. Así se decide.
Así mismo se condena a pagar la corrección mo.....