...DECLARA LA SEPARACION DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos: YESSICA DAYAN GONZALEZ MEDINA y HENRY SAMUEL OROPEZA VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, de este domicilio, portadores de las cédula de identidad. Nos. V-18.556.182 y V-18.094.425, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil. Expídase copia certificada al Registrado Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Venezuela, de conformidad con el articulo 3 numeral 4º de la Ley Orgánica de Registro Civil.-------------------------------