Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal                                          Primero  de  Primera   Instancia  en  Funciones  de  Ejecución  en  Nombre  de   la 
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSTITUYE EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO POR LA FORMULA ALTERNATIVA DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al penado BLANCO CRUZ LUCIANO, Titular de la Cédula de Identidad Nro.  05.516.154, por cumplimiento de los requisitos de procedibilidad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 501, numerales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.                        Y ASI SE DECIDE