Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSTITUYE EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO POR LA FORMULA ALTERNATIVA DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al penado BLANCO CRUZ LUCIANO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 05.516.154, por cumplimiento de los requisitos de procedibilidad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 501, numerales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. Y ASI SE DECIDE