Ahora bien de una revisión de las actas que conforman esta causa se desprende que en fecha 29 de ENERO de 2004, este Juzgado QUINTO de Control, MODIFICO la Decisión dictada el 27 de SEPTIEMBRE del 2003,donde se le otorga la rebaja de las UNIDADES TRIBUTARIAS de la solicitud formulada en esta ocasión por el defensor VIRGINIA SANGSTER , y mantuvo las Medida Cautelar Establecida en el artículo 256 ordinales 3º, Y 8º del código Orgánico Procesal Penal, no habiendo transcurrido los tres (3) meses establecidos en el artículo 254 Ejusdem, para el Examen y Revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad De la revisión otorgada al los investigados DANY JOSE CACERES NOGUERA Y MARTIN EUCLIDES VASQUEZ NOGUERA ,Titulares de la Cédula de Identidad Nº V 17,563,987 Y V° 15,091,70 en fecha 23 de DICIEMBRE del 2003, de conformidad con el articulo 264 Ibídem. Y ASI SE DECIDE.
Este Juzgado QUINTO de Control de este circuito Judicial Penal, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en No.....