DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de la ciudadana DIAZ HERNANDEZ MARIA ELENA, venezolana, natural de Caracs, Distrito Capital, de 31 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Relaciones Industriales, domiciliada en Av. Páez, Residencias. Johanna, piso 06, apto. 6-B, El Paraíso Caracas, Distrito Capital, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el articulo 422 ordinal 2° del Código Penal Venezolano (derogado por ser el mas favorable, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela), en agravio del ciudadano JOSE MUJICA AGUILERA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 8 ejusdem, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano. A tal efecto, se acuerda su .....