"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Cúa, declara:Primero: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en los ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil que fuera opuesta por las ciudadanas Osday Emperatriz Blanco Galban y Daisy Galban de Gómez, debidamente asistidas por el Abogado Dr. Eduardo Suárez Díaz inpreabogado Nº 68.460, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Cúa se declara COMPETENTE POR LA MATERIA, TERRITORIO y CUANTIA, para seguir conociendo de la presente acción.Segundo: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil que fuera opuesta por las ciudadanas Osday Emperatriz Blanco Galba.....