ESTE TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia con el artículo 1.713 del Código Civil, aplicado por analogía de acuerdo al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN CELEBRADO ENTRE LAS PARTES, durante la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, por cuanto las partes cumplieron lo acordado ante el juez, lo que se considera ajustado a derecho y así, pasa con autoridad de cosa juzgada, en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento por cobro de Salarios Caídos y Otros Beneficios Laborales, incoado por la ciudadana NAIRELYS GONZALEZ, debidamente i.....