Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano BRITO ANTONIO JOSE, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nació el día 10-11-64, de 38 años de edad, residenciado en Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, hijo de no indica , Titular de la Cédula de Identidad N°.10.796.147, de conformidad con el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. De conformidad con el articulo 319 Ejusdem, se prohíbe nueva persecución en contra del ciudadano imputado.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese, remítase DOS (02) copias certificadas de la presente decisión a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público según.....