...por Autoridad de la Ley,
PRIMERO: SE DECLARA DE OFICIO EL TRASLADO INTERPENAL del acusado DANIEL ALEJANDRO PEÑA MALDONADO, titular de la cedula de identidad N° V-17.979.622; quien se encuentra recluido en la CASA DE REEDUCACIÓN Y TRABAJO ARTESANAL EL PARAISO LA PLANTA, UBICADA EN CARACAS, DISTRITO CAPITAL al INTERNADO JUDICIAL DE LOS TEQUES, todo ello en virtud de que fue trasladado a la Casa de Reeducacion y Trabajo Artesanal El Paraiso La Planta, ubicada en Caracas, Distrito Capital y de ese centro de reclusión no se realizan traslados a la sede de este Circuito Judicial Penal, es por ello en aras de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en el artículo 49 ejusdem, en virtud de que en ese centro de reclusión no realizar los traslados a la sede de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: SE ORDENA librar oficio con .....