Este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO CRISTOBAL ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda en consecuencia; el ciudadano JOSE GREGORIO MORA PACHECO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.248.088, deberá suministrar a su hijo JOSEPH FRANCS MORA TEZARA, la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 296.524,80), mensuales, es decir un salario mínimo mensual. Asimismo deberá proporcionarle en el mes de septiembre de cada año, la cantidad de
DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 296.524,80), es decir el equivalente a un salario mínimo, por concepto de ayuda escolar. Igualmente en el mes de Diciembre de cada año, deberá suministrar EL EQUIVALENTE A UN SALARIO Y MEDIO ( 1 ½), POR CONCEPTO DE Bonificación De Fin de Año.