DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LOS VALLES DEL TUY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE el pago de: (i) VACACIONES correspondiente a: Periodo 2007/2008 y 2008/2009, este último de forma fraccionada (Marzo a Septiembre de 2008); y (ii) UTILIDADES correspondientes al periodo 2008, de forma fraccionada (Enero a septiembre de 2008). SEGUNDO: IMPROCEDENTE el pago de VACACIONES 2008/2009 (en cuanto a la fracción transcurrida desde septiembre de 2008 hasta marzo de 2009), 2009/2010, 2010/2011, 2011/2012 y 2012/2013 y UTILIDADES correspondiente a los periodos 2008 (en cuanto a la fracción transcurrida desd.....