Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo transaccional laboral celebrado por las partes, antes identificadas, con respecto a los conceptos demandados en el presente juicio tales como: Responsabilidad Subjetiva, Daño Material y Daño Moral, con los efectos de cosa juzgada de conformidad con lo establecido el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia del artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
Igualmente, se acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas del acuerdo transaccional y del auto de homologación, conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Déjese copia certificada y publíquese la presente decisión en la .....