Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, a favor del a ciudadana ROSA EMILIA GUZMAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-12.731.708, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud que encabeza estas actuaciones, vale decir, una vivienda compuesta de dos (02) plantas, ubicada en un terreno de propiedad privada que es dela Sociedad de Comercio "PERITAJES Y AVALUOS CARIBANA S.R.L", RIF. J-00222877-6, el cual tiene una superficie aproximada de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS(75,00 Mt.....