administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta a los ciudadanos: HARRY ALBERTO URDANETA FLORES Y ELEAZAR RAFEL NARVAEZ AVARIANA, Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el artículo 256 ordinales 3° 6° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1.- Presentación cada 0cho (08) por ante la Oficina del Alguacilzazo de este Circuito Judicial Penal. 2°.- Se le prohíbe acercarse a la victima. 3.- Presentar Dos (02) fiadores con Cincuenta (50) unidades Tributarias cada uno