ACUERDA REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, que le fue otorgada a los ciudadanos RICHARD ANTONIO LEGON, Y LEONARDO HERNANDEZ. Por decisión dictada en fecha 21 de septiembre del año 2004, por el Tribunal Primero en funciones de Control, quien le otorgó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad a lo previsto en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se Acuerda LIBRAR BOLETA DE CAPTURA en contra de dichos ciudadanos, plenamente identificados en las presentes actas procesales, quienes una vez detenidos deberán ser recluidos en el Internado Judicial Rodeo II.