emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA PENALMENTE RESPONSABLES a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, a cumplir la SANCION de CINCO (05) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD, por la comisión del delito de VIOLACIÒN EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 374 numeral 1, en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana FERNANDEZ PALMA ELEANA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "f", en relación con el artículo 622 y 628 Parágrafo Segundo, Literal a), todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sanción que ha de cumplir en centro que designe el Juez de Ejecución. SEGUNDO: Las partes quedan debidamente notificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.