Por los razonamientos expuestos, este Tribunal TERCERO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION VALLES DEL TUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
U N I C O: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al imputado de autos YEMS MACHITA VARELA, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 22-05-1.977, de 32 años de edad, de estado civil soltero de oficio comerciante, residenciado en Boulevar de Catia, Edificio San Salìm, piso 4 apartamento 11, Distrito Capital, identificado con la cèdula de identidad nùmero 13.432.396, por la presunta comisiòn del delito de ESTAFA previsto en el artìculo 464 del Còdigo Penal vigente para el momento de ocurrir los hechos, actualmente 462, por haber operado la prescripciòn de la acciòn penal, ello con fundamento en el contenido de los artìculos 108 numeral 4ª y 110 del Còdigo Penal, en rela.....