(...) Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA rectificación del acta de Matrimonio Nº 198, de fecha 17/10/2008, correspondiente al matrimonio de los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO ESPINOZA SALAS y GABRIELA MICHAEL SOLORZANO, expedida por la Oficina de Registro Civil antes mencionada de la siguiente manera: 1º) Donde dice "Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda", debe decir: "República del Ecuador, Quito, Provincia de Pichincha"; 2º) donde dice: "TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO", debe decir "SABANA DE MENDOZA, ESTADO TRUJILLO"; y 3º) Donde dice: "MIROIDE SALAS", debe decir: "HIROIDES DEL CARMEN SALAS BATISTA" (...)