Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ALIX TERESA GARCIA MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.802.559, contra los ciudadanos EFRAIN CAÑAS GARCIA y SHIRLEY DEL CARMEN MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V- 20.977.210 y V- 12.463.847, respectivamente, por Reconocimiento del Instrumento privado suscrito en fecha Dieciocho (18) de Enero de 2018. En consecuencia, se declara reconocido dicho instrumento.- Se dejan a salvo derechos de terceros.-
Este tribunal aclara que la presente decisión resolvió el fondo de lo debatido, es decir la presente es una decisión .....