Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta con lugar la aprehensión en flagrancia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se decreta la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado MARCO ANTONIO MEZA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 251 numeral 2°, 4°, 5° y parágrafo primero y; numeral 1° del artículo 252 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo ser recluido en el Internado Judicial de "Los Teques."a quien se le atribuye la presunta co.....