ordena la CESACION de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, impuestas al joven IDENTIFICACION OMITIDA, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en sentencia de fecha 07-11-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 645 y 647 literal ¿h¿ a Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y se ordena su libertad Plena y el archivo del expediente en su oportunidad legal. Notifíquese a las partes, ofíciese al Servicio de Libertad Asistida del Servicio Estadal de protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, a fin de notificar el contenido de la presente decisión y cítese a la joven para el día 22-12-2003 para su imposición.-