DISPOSITIVA
Por lo precedente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles El Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA : Primero: con lugar la solicitud Fiscal y decreta medida privativa de libertad en contra del imputado la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los imputados JOSE GREGORIO PADRON CASTILLO y JOEL JOSE BELISARIO identificados plenamente en actas anteriores, por encontrarlos incursos en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículo 406 Código Penal, Segundo: Se ordeno como sitio de reclusión el Centro Penitenciario Capital Región Yare II, en consecuencia librese la correspondiente boleta de encarcelación. Tercero: Igualmente se decreta la aplicación del procedimiento ordinario en la presente causa, conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal P.....