TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil de Venezuela, 765 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN de la presente SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL existente entre los ciudadanos RICHARD OMAR SUA HERNÁNDEZ y ESTEFANY ANDREA GUERRA, contraído en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil doce (2012) ante el ante el Registrador Civil del Registro civil del Municipio Carrizal del estado Miranda, quedando anotada bajo el número 199, Folio 199 del Libro de matrimonios del año 2012, expedida por la autoridad antes señalada.