este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley y por estar ajustada a derecho la petición de la demandante DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, otros Beneficios Laborales incoada por el ciudadano DOUGLAS JOSÉ PARRA GARCÍA, contra la entidad de trabajo demandada SEGURIDAD TECNICA JJE 3001, C.A., ambas partes plenamente identificadas al comienzo del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar al ciudadano DOUGLAS JOSÉ PARRA GARCÍA la cantidad de SEIS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 6.042.063,00), monto que comprende los siguientes conceptos laborales:
TERCERO: Adicional a lo antes establecido, se condena a la parte demandada a pagar al accionante el .....