Oída éste Recurso de Revocación, éste Tribunal pasa a fundamentar dicho recurso de ésta manera: ¿Consideramos que no estamos alejados de lo dicho por la defensa, pero se habla de reflexión por que ciertamente el poder dar con lugar ésta audiencia, no se esta concediendo un privilegio a la víctima, ya que pudiera alegar la misma que se hizo la presente audiencia a espalda de la misma, y ello pudiera desencadenar a retardo procesales futuros, ahora el Tribunal advierte a la victima, de que de no comparecer mediante citación y mediante Cartel en el Circuito Judicial Penal se realizará la Audiencia Preliminar de la presente causa, fijándose ésta Audiencia para el día Miércoles 25 de Febrero del presente año, a las 12:00 horas del día. , dejándose sin lugar el recurso de revocación interpuesto por la Profesional del derecho Dra. LUCIA SOFIA GONEZ HERRERA