..., ACUERDA EL OTORGAMIENTO de la medida alternativa de cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado MANUEL ALVARADO TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº 9. 259. 306, en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 66 de la Ley de Régimen Penitenciario, imponiéndole las siguientes obligaciones de estricto cumplimiento: 1º) Debe pernoctar el centro de Tratamiento Comunitario "Dra. Elena Aray" ubicado en la avenida Páez, de la Urbanización el Paraíso, Edificio Anexo a la casa de Reeducación y Trabajo Artesanal "La Planta", Caracas, de lunes a domingo a partir de las 7:30 horas de la noche. 2º) Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, en lugares públicos y en caso de hacerlo en su ámbito familiar hacerlo con estricta prudencia, en virtud que el detonante en el delito cometido fue la ingesta de sustancias de este tipo. 3º) Se le prohíbe portar o manipular armas de fuego.....