declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 09 de noviembre de 2015, el cual se REVOCA en todas y cada una de sus partes, por lo que se ordena al referido órgano jurisdiccional a admitir la acción por retracto legal arrendaticio, incoada por los ciudadanos EDGARD JESUS NUÑEZ APONTE y MARIA FERNANDA DIAZ TEPERINO, en contra de los ciudadanos ARIANA LOPEZ JIMENEZ, HERNANDO LOPEZ JIMENEZ, ANAHIS BINYELI CARBELLON DE LOPEZ, HERNANDO LOPEZ OREJUELLA, MARIA DEL PILAR JIMENEZ DE LOPEZ; y la sociedad mercantil EVA´S SILHOUTTE REPRESENTACIONES C.A, todos anteriormente identificados.
Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas.
Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen en su debida oportunidad legal, esto es, al Juzgado Segundo de Primera Instanci.....