Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos GEREMIAS ENRIQUE CARDENAS PARRA y XIOMARA MARGARITA SEIJAS ACOSTA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.542.290 y V-8.676.466, respectivamente, y en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ, en virtud del matrimonio por ellos celebrado fecha 01 de noviembre del 1983, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro de Los Altos del estado Bolivariano de Miranda, según consta del Acta de matrimonio Nº 40, de fecha 01 de noviembre del 1983, cursante al folio 06 y 07, del presente expediente; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. En virtud a la anterior Decisión, se ordena participar lo condu.....