PRIMERO: Se Niega la devolución del vehículo reclamado por la ciudadana Ronald Ricardo Arellano Melendez, venezolana, identificada con cédula de identidad N° V-11.559.355, cuya características son: marca Jeep, placa XGP-164, año 1988, color Gris, clase camioneta, tipo sport-wagon, uso particular de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 175 Ejusdem.-