de conformidad con lo previsto en los artículos 620 literales b, c , y d de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; siendo las reglas de conductas la siguientes: 1.- Obligación de incorporarse al sistema educativo, 2.- Obligación de Trabajar. 3.- Prohibición expresa de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 4- Prohibición de portar cualquier arma de fuego o arma blanca, o similares. 5- Prohibición de reunirse con personas con personas de dudosa procedencia. 6.- Prohibición expresa de comunicarse o acercarse a los familiares de la víctimaconformidad con lo previsto en los artículos 620 literales b, c, y d de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVO FUTIL EN GRADO DE INSTIGADORA, conforme a lo previsto en los artículos 406, en relación con el artículo 83 numeral 1 ambos del Código Penal en lo que respecta a la adol.....