En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano patrono JOSE LUIS GRANADOS VERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad V.-6.850.954, en su carácter de Persona Natural a pagar a favor de la parte demandante ciudadano GOLFO RAMON RAMOS JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-4.472.872, los conceptos demandados según las siguientes especificaciones:
FECHA DE INGRESO: 05/10/2010
FECHA DE EGRESO: 24/10/2014
TIEMPO DE SERVICIO: 04 años y 19 días.
MOTIVO: DESPIDO INJUSTIFICADO
SALARIO BASE MENSUAL: 4.251,00 Bs
SALARIO BASE DIARIO: 141,70 Bs
SALARIO INTEGRAL DIARIO: 159,42,00 Bs
BASE DE CALCULO DE SALA.....