Señalado lo anterior, este Tribunal en consecuencia INSTA a la parte solicitante ciudadana ANYELY LOURDES MORENO MORALES, inicialmente identificada, a consignar a los autos documento que acredite la inexistencia del referido vínculo matrimonial, para lo cual le concede un lapso perentorio de diez (10) días de despacho siguientes a la presente fecha, una vez conste en autos lo peticionado dentro del lapso establecido, este Tribunal emitirá el pronunciamiento correspondiente. Cúmplase