Se DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos CARLOS LUIS CARVALLO VIRGUEZ y MIGUEL ALBERTO CARVALLO VIRGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 19.335.519 y V- 16.658.242, en su carácter de herederos del causante ALBERTO CARVALLO GARCIA, según se desprende del certificado se solvencia de sucesiones emitido por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en fecha 04 de noviembre de 2021, signado con el No. 210350 y de la ciudadana NORMA VIOLETA VIRGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 4.680.698, sobre una bienhechuría constituida por una (01) casa-quinta, en un área total de construcción de SETENTA METROS CUADRADOS (70,00 m2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, la cual declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una supe.....