La NULIDAD de la actuación de fecha 11 de marzo de 2008 suscrita por la ciudadana Secretaria del Tribunal, en la que manifiesta haber realizado el complemento de la citación de la demandada, cursante al folio 33 del expediente, y en consecuencia NULAS todas las actuaciones habidas en este procedimiento con posterioridad a dicho acto.
SEGUNDO: Se ordena la REPOSICION DE LA CAUSA al estado de que se realice una nueva notificación por Secretaria, conforme los postulados del artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, referida a la declaración rendida por el Alguacil respecto de la citación personal de la demandada.